¡30 años luchando por una vida libre de violencia para las mujeres!

Un hito histórico: la Convención de Belém do Pará
Este domingo se conmemora un aniversario crucial en la lucha por los derechos de las mujeres en Latinoamérica: los 30 años de la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, mejor conocida como Convención de Belém do Pará.
Un camino recorrido con tenacidad y sororidad
La firma de este tratado en 1994 marcó un antes y un después en la región. Por primera vez, un instrumento jurídico regional reconocía la violencia contra las mujeres como una grave violación a sus derechos humanos, abriendo paso a la creación de políticas públicas y mecanismos de justicia para combatirla.
Un legado invaluable: la protección integral de las mujeres
La Convención de Belém do Pará ha sido una herramienta fundamental para garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia en todos los ámbitos, desde el privado hasta el público.
Retos y desafíos: la lucha continúa
A pesar de los avances logrados, aún queda un largo camino por recorrer. La violencia contra las mujeres sigue siendo una realidad alarmante en Latinoamérica, con miles de víctimas cada año.
Un llamado a la acción: ¡Unidas contra la violencia!
En este 30 aniversario, es importante recordar que la lucha por una vida libre de violencia para las mujeres es una responsabilidad compartida. Gobiernos, organizaciones civiles, academia y sociedad en general debemos unir esfuerzos para erradicar esta lacra que tanto daño causa.
Reflexionando sobre el futuro: hacia una Latinoamérica sin violencia
La Convención de Belém do Pará ha sido un faro de esperanza para las mujeres de la región. Su legado nos inspira a seguir trabajando por un futuro donde la violencia sea solo un recuerdo y todas las mujeres puedan vivir libres, seguras y empoderadas.
¡No estamos solas!
Juntas podemos construir una Latinoamérica libre de violencia.
¿Cuál era ese contexto en el que nació la Convención, que además fue pionera en su momento a nivel mundial al abordar el tema de violencias?
Es pionera porque nace de la demanda de las organizaciones de mujeres y feministas a propósito de las conversaciones que hubo en una serie de encuentros feministas desde la década de los 80 hasta los inicios de los 90. Allí, las juristas feministas hablaban de la construcción del derecho internacional de los derechos humanos de las mujeres con enfoque de género. Adicional, la Belém do Pará marca un hito como marco referencial a nivel global por el abordaje de las violencias, que lo que hizo fue desprivatizarlas. Es decir, sacó las violencias de género del contexto de violencia doméstica y la situó como un interés público y una preocupación de los Estados. Por tanto, la violencia contra las mujeres es una violación de los derechos humanos. Esta Convención nutrió al Sistema Interamericano, incluyendo a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Esta última ha proferido importantes fallos basándose en la Convención, como el de Campo Algodonero versus México (que en 2009 responsabilizó al Estado mexicano por la desaparición y asesinato de Claudia Ivette González, Esmeralda Herrera Monreal y Laura Berenice Ramos Monárrez).
¿Estas sentencias son vinculantes para todos los Estados miembros de la OEA?
Cuando los Estados suscriben compromisos como la Convención y se dan sentencias bajo sus argumentos, la intención es que los exhortos no sean solo para el país condenado, sino para todos los miembros. Aquí, además de las responsabilidades del Estado quiero hablar de las responsabilidades de terceros, que también se deben de hacer cargo de las exigencias de la Corte. Y de terceros también me refiero a privados.
¿Qué otras sentencias, además de Campo Algodonero, resalta por su importancia y trascendencia?
A propósito de la responsabilidad de terceros, está la de Paola Guzmán Albarracín versus Ecuador (una adolescente que se quitó la vida luego de ser víctima de violencia sexual por parte del vicerrector del colegio donde estudiaba. Su familia, encontró justicia 18 años después). De esta sentencia destaco la reflexión que se hizo alrededor de que este fue un delito prevenible, si se hubieran seguido y cumplido los protocolos internos del colegio.
¿Por qué las sentencias, no importa el país condenado, son generalizables?
Cuando se suscribe la Declaración Universal de los Derechos Humanos, los Estados se comprometieron con el “nunca más”, poniéndolo en términos de América Latina. Con esta declaración se le otorgó a este entramado de derechos las características de inalienables, interdependientes y universales. De este entramado, la columna vertebral es el principio de igualdad y no discriminación, por lo que no hay diferencias entre hombres y mujeres. Y los Estados deben y tienen que hacer lo posible para que se cumpla este principio que suena un poco a un sueño. Pero eso es lo que hay que reivindicar y eso se ha reivindicado con los casos de Campo Algodonero, Paola Guzmán Albarracín y tantos otros. Estas sentencias son también herramientas para defender cualquier vulneración de las mujeres en los Estados miembros con un enfoque de género y de derechos humanos de las mujeres.
Tocó un tema muy importante que es la prevención, que es uno de los preceptos de la Convención. Y da la sensación de que los Estados están más en disposición de sancionar el delito cuando ocurre que en prevenirlo. ¿Desde el Comité tienen el mismo análisis?
Si revisamos los tres informes hemisféricos respecto de la implementación de la Convención, esa es la gran conclusión. La gran deuda de los Estados con las mujeres y la Convención tiene que ver con la prevención. Y la prevención tiene varias aristas. La de educación, que además tiene la Declaración de Pachuca con la que el Comité de Expertas hace una serie de recomendaciones. Las instituciones educativas también están en deuda de cambiar los currículos desde la educación temprana hasta la superior. Aquí también tienen responsabilidades los medios de comunicación y la publicidad porque estos son dispositivos de educación, los cuales no se deben de quedar solo con las campañas alrededor del 8 de marzo y el 25 de noviembre, sino también diseñar campañas sistemáticas y de impacto.
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